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Un voto justo

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Considero, desde mi perspectiva como jurista, que primero va el cumplimiento a la Ley y en segundo lugar, inmediato, van mis convicciones y mi percepción del mundo. Quiero pensar que, por eso mismo y no por mis habilidades matemáticas ni financieras, suelo ser el banco al jugar Monopoly con los cuates. Consecuentemente, acostumbro honrar el contenido de la norma, aun cuando se contraponga al núcleo duro de mis creencias o me perjudique en mis intereses y, aunque soy una persona de mente crítica, entiendo perfectamente que hay medios, modos y tiempos para inconformarse y dar la vuelta a la Ley injusta, conforme a mi cosmovisión.

Es por ello que admiro el trabajo legislativo de John Bercow que realizó por 10 años desde la posición de Speaker de la Cámara de los Comunes del Parlamento de Reino Unido. El Speaker es quien preside la Cámara y regula el debate.

En particular, un evento de 2019 resume y hace evidente el criterio y el carácter que me compelan a admirarle; me refiero al extraño suceso en que los votos de la Cámara empataron exactamente en 310 a favor y 310 por la negativa, en un aspecto relativo al Brexit. Un empate en la votación es extremadamente raro en la Cámara de los Comunes, tanto que no se ha repetido desde 2019 y la anterior ocasión en la que se verificó fue en 1993, cuando la Cámara era presidida por Betty Boothroyd, quien falleció el año pasado.

Entonces, empatar una votación es en extremo raro en el Parlamento de Reino Unido. ¿Cómo se resuelve semejante circunstancia? Pues bien, la Ley establece que el Speaker de la Cámara pierde su voto al ser electo, por sus pares, para dirigir el debate; sin embargo, puede votar en aquellos casos en que se empate; es decir, tiene voto de calidad. Pero, tal voto no se configura como una libertad en absoluta disposición de quien se ostente como Speaker, sino que está obligado a votar por la negativa respecto de decisiones que sean importantes para la Cámara, como el Brexit. La idea es que las decisiones importantes sólo se pueden tomar por mayoría y, al mismo tiempo, el Speaker tiene impedido conformar una mayoría virtual o ficticia con su voto de calidad. Esto es así porque la lógica es fomentar el debate y regresar la discusión a la Cámara; como cuando se saca el balón por la banda en un partido de fútbol, en caso de empate, el Speaker regresa el balón al centro para que siga la discusión y se llegue a una resolución más reflexionada.

Bercow, en esa ocasión, se apegó al precedente y votó por la negativa con el objeto de que siguiera el debate. El tema de fondo que discutían era una complicación política en el largo trámite legislativo que implicó el Brexit. Pero, quedémonos con un punto fundamental: cuando le tocó votar al Speaker, siguió el precedente, dejando de lado sus convicciones personales en un tema que ha marcado el futuro de Reino Unido. Incluso, por pregunta expresa por parte de un representante, Bercow desarrolló con suficiencia el razonamiento que sostiene el precedente y el motivo por el que resultaba aplicable. Seguramente, Bercow tiene intereses y convicciones que le pudieron haber motivado a votar por la afirmativa, pero lo cierto es que se apegó a la norma, al precedente.

Repaso este evento histórico-legislativo como un referente de un voto responsable, justo, razonado y acorde a la legalidad. Para mí, no existen las “facultades abiertas” a favor de ninguna autoridad; nadie, como autoridad, puede decidir desde su ronco pecho “lo correcto”, “lo justo” ni el actuar necesario. Por el contrario, la Ley y el entramado Constitucional imponen la obligación de armonizar la normatividad, como un sistema que no se puede contradecir ni ser incongruente. Entonces, aun cuando exista la posibilidad política de tomar cierta decisión, la Ley es un referente obligado que debe llevar a una sola respuesta correcta y cuya razonabilidad debe estar libre de convicciones personales; de ahí que el ejercicio del derecho sea un asunto de suma responsabilidad, es una carga pesada.

En estos días, he vuelto a repasar este evento, en un afán de encontrar un referente de calma y prudencia política en estos caóticos tiempos. Ciertamente, me gustaría que, tanto tirios como troyanos, le bajaran muchas rayas a la estridencia y aceptaran que: en primer lugar, la reforma judicial no se trata de ellos ni de sus derechos; segundo, se está decidiendo sobre la esencia de nuestra República Federal y, tercero, se debe estar a la altura del debate, tanto en conocimiento como madurez. Nuestra nación no nació ayer y ese antecedente implica que no se está refundando desde una posición libre ni de antojo. Incluso, la 4° Transformación parte de la premisa lógica que hubo 3 transformaciones previas. Quien no conoce el antecedente simplemente no está a la altura de poder evaluar con responsabilidad si una iniciativa contribuye al correcto desarrollo de la nación o no.

Y mi crítica apunta a ambos lados de la discusión, pues la intransigencia iletrada ha sido la constante absoluta. De entrada, me parece incorrecto el manejo que ha tenido el Poder Judicial Federal de esta discusión.

Primero porque pretenden defender la Constitución al tiempo que la violentan en perjuicio mío y de millones de ciudadanos que tenemos derecho a la justicia (y seguimos esperando a que regresen a resolver los pendientes, incluyendo los que para ellos no son urgentes, pero para nosotros sí). Difiero en pensar que, con su paro, nos están señalando su importancia, cuando realmente nos están mostrando su arbitrariedad y falta de respeto a su deber constitucional. A los operativos y titulares de los órganos jurisdiccionales se les ha olvidado que no son empleados cualquiera, no tienen derechos laborales como cualquier otro privado y su actuar se rige, no por primordialmente por derechos, sino por facultades y deberes. Tan esto es verdad que no les aplica el contenido del apartado A del artículo 123 Constitucional y el apartado B, que les es aplicable, no señala la potestad de irse a huelga con motivo de una reforma en discusión. Sencillamente, no tienen derecho a irse a paro por una propuesta legislativa; se podrían manifestar como privados, en sus horas libres y después de cumplir sus deberes ante la ciudadanía.

En segundo lugar, las suspensiones ordenadas por una Jueza y un Juez de Distrito me parecen, además de lamentables por su falta de sustento, un perfecto ejemplo de la necesidad de un cambio profundo al Poder Judicial. Igualmente, tanto los sabios de los tirios, como los de los troyanos, han reconocido que dichas suspensiones no tienen sustento legal alguno y son una invasión indebida (hasta infantil). Leí los razonamientos y me di noches enteras para intentar encontrarles sentido; pero concluí que tales resoluciones demuestran lo ineficaz de la carrera judicial, la falta de rigor técnico que generan los exámenes y evaluaciones vigentes. Incluso, escuché la entrevista que sostuvo la Jueza Quinta de Distrito en Morelos en comento en el programa de Ciro Gómez Leyva y sólo despertó mi curiosidad para saber: ¿Cómo pasó las evaluaciones en materia de amparo esa Jueza? Siendo sincero, me hizo dudar de su mérito para el puesto y sus respuestas en radio me llevaron a imaginar circunstancias no dignas de plasmarse en papel sin pruebas. Me sostengo en que la Ley de Amparo, en su artículo 61, expresamente señala la improcedencia del juicio de amparo en estos casos y de ahí el fundamento de mis dudas.

Por último, formulo críticas porque yo también he estado en una situación similar. Se le olvida al Poder Judicial que este proceso de transformación inició en 2018 y, dentro de sus primeros efectos, se redujeron prestaciones en el servicio público que motivaron paros y manifestaciones de distintos sectores operativos de la administración pública. En esa ocasión, yo personalmente reflexioné que, si todo el personal a mi cargo se negaba a laborar (que no pasó), no podría yo dejar de prestar servicio al público; así tuviera, como titular de mi unidad, que atender a todos los usuarios por mi cuenta. Como Bercow, me reservé mi opinión y busqué, apegado al precedente, cumplir con mi deber como servidor público y no interrumpir el servicio. Es más, podría pensar que es debatible que los operativos de los Juzgados protesten; empero, los titulares de cada Juzgado tienen el deber de dar justicia, así tengan que dictar todo personalmente.

Al momento de redactar la presente, la reforma judicial depende de un solo voto de la oposición en el Senado. Deseo de corazón que los legisladores (tanto tirios, como troyanos) estén a la altura de su responsabilidad y que todo servidor público cumpla con su deber hacia la ciudadanía y desde la legalidad, sobre todo cuando se contraponga a sus convicciones. Podemos tener diferencias en lo que se debate en la Cámara de Senadores esta semana; sin embargo, si México y su justicia aspiran a “mejorar”, todo servidor y funcionario está constreñido a anteponer el deber sobre las convicciones personales siempre.

Al margen, auguro lo que sigue: 1.- ¿Una reforma Constitucional puede ser inconstitucional? 2.- Es tiempo de arbitraje, para ciertas materias y segmentos de la población.

Referencias:

https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-49681953
https://youtu.be/d9UTg40xTEo?si=oUJ1k-1rqrsULaXi
https://youtu.be/Psvo7cYBCBM?si=YDDTDXeELpcu5cur
https://youtu.be/OG-l6VQxG04?si=9TyOgwaqu807r4W2
https://youtu.be/YBMonhpNyOA?si=LVBc42uolxwEVplf
https://www.euronews.com/2019/04/03/brexit-deadlock-hits-new-heights-as-uk-mps-tie-in-a-vote-on-whether-to-hold-more-indicativ
https://www.theguardian.com/politics/2019/apr/03/mps-pass-motion-to-debate-article-50-extension-by-one-vote
https://www.dailymail.co.uk/news/article-6882819/Bercow-rules-round-Rebel-controlled-votes-breaks-Commons-tie.html
https://x.com/HouseofCommons/status/1113483128864161794
https://www.youtube.com/watch?v=xX4IzDPC6sc
https://www.elsoldecuernavaca.com.mx/policiaca/reforma-judicial-cuestionan-imparcialidad-de-jueza-magana-lopez-y-ella-defiende-su-labor-12507067.htm
https://www.youtube.com/watch?v=k5Q7WIaBdoE

Hiram A. Cervantes, Escritor y litigante mexicano